Vicerrectoría Académica

Proceso de Categorización Académica

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Preguntas Frecuentes

Según lo establecido en el Reglamento del Académico, aprobado por Resolución No 2018/060 del 17 de agosto del año 2018, corresponde a la UCSH dar curso bienalmente al proceso de categorización para el personal académico de la planta ordinaria como de la especial. En su artículo 4° este Reglamento indica que la “planta académica se clasifica en ordinaria y especial, y se establecen categorías al interior de cada una, relacionadas con el avance en la carrera académica”. Los académicos/as serán “nombrados/as en la categoría correspondiente de acuerdo con sus méritos, independientemente de la dedicación horaria comprometida con la Universidad.”

“Al ingresar a la Universidad, cada académico/a recibe inmediatamente la categoría de Instructor Adjunto, la que no forma parte de la carrera académica, por lo que podrá posteriormente solicitar su promoción a una categoría superior en el primer proceso de categorización académica que la Universidad inicie.”

En específico, les corresponderá participar de este proceso a:

  • Académicos/as que cuenten con planta ordinaria de media o jornada completa.
  • Académicos/as de la planta especial, con contrato indefinido.

Será un proceso voluntario para:

  • Quienes ocupen cargos Directivos (Vicerrectores, Decanos/as, Directores/as, Jefes/as de Carrera).
  • Quienes ocupen cargos de gestión.
  • Quienes hayan dejado algún cargo de gestión directiva, hace menos de dos años.

Será la responsable de revisar, analizar y ponderar de forma objetiva todos los antecedentes presentados por cada académico/a de las plantas ordinaria y especial que se categorice por primera vez, o quiera acceder a una categoría superior. Tomará determinaciones de forma fundada y dejará actas de todas sus decisiones.

Esta Comisión será la encargada de responder cualquier duda, o necesidad de interpretación, del proceso de categorización académica que se pudiesen presentar en las instancias que forman parte de este proceso como lo son, Decanaturas, Consejos de Facultad y Escuelas e Institutos. Una vez notificado/a el/a académico/a de la categoría obtenida, tendrá cinco (5) días corridos para apelar ante esta misma Comisión.

  • Docencia
  • Vinculación con el Medio
  • Investigación

Cada dimensión tiene asignado un puntaje máximo, y a la vez estas dimensiones se dividen en acciones específicas, las cuales también poseen un puntaje en particular. Estas acciones ofrecen un repertorio de posibilidades mayor que el puntaje máximo por dimensión, esto con el propósito de ampliar el abanico de posibilidades para alcanzar este puntaje.

Toda la evidencia que se considere pertinente presentar, deberá considerar un plazo máximo de cinco (5) años de antigüedad y solo podrá ser utilizada para respaldar una acción dentro de una dimensión.

En el sharepoint disponibilizado por la Dirección de Gestión de personas.  cada académico/a podrá acceder en línea al formulario de solicitud de categorización. Este formulario sigue la estructura de dimensión y acciones por dimensión. En cada dimensión, y específicamente en cada acción, se deberá subir al sistema la documentación que respalde el cumplimiento de esta.

El sistema acopia la información y la envía a la instancia correspondiente que analiza y resuelve la pertinencia de la categoría solicitada. Es común para cada categoría que el proceso se activa con el ingreso de la solicitud por parte del propio académico/a, quien debe llenar el “formulario de solicitud de jerarquización” y entregar sus antecedentes en el sitio web diseñado para ello.

Comisión

En consideración a lo indicado en el resuelvo segundo la Comisión de Jerarquización Académica deberá estar integrada por: 

  • La Vicerrectora Académica, quien en la presidirá
  • El Vicerrector de Identidad y Desarrollo Estudiantil
  • El Director de Investigación y Posgrado
  • 1 Académico/a de la más alta jerarquía de cada facultad
  • 1 Académico/a de la más alta jerarquía en representación de los centros de investigación y de los institutos
  • Un Secretario/a Ejecutivo/a nombrado/a por la Vicerrectora Académica

 

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