La elección de constituyentes o las voces de quienes redactarán la Nueva Constitución
Mi primera noción de la Constitución del 80’ fue cuando tenía 10 años, un recuerdo inscrito en mis memorias, de mi madre volviendo después de la votación del Plebiscito de la Constitución de Pinochet, con el carné de identidad con una punta cortada, el temor y la impotencia inscrita en su rostro de haber ido a un acto vacío, fútil, un acto escénico porque sabía que el rechazo perdería; pero no estaba dispuesta a ceder, fue a votar, sin apoderados, sin padrón de votación, a ciegas, la suerte sabía estaba echada. El origen de cada acto político institucional deja una impronta, una marca de nacimiento imborrable que definirá su futuro y legitimidad, así es como la Constitución del 80’ emergió mediante la imposición autoritaria y mono bocal de la dictadura militar.
La Constitución del 80’ tiene un padre, un impulsor fundamental, Jaime Guzmán Errázuriz, quién tuvo un rol esencial en su redacción, por lo que ésta obedece a su forma particular de entender y construir el país, a las características que habrían de tener el Gobierno, el Estado, el Congreso, la Contraloría General de la República, el Banco Central, la Justicia, el Tribunal Constitucional, las Fuerzas Armadas, como el Consejo de Seguridad, la Ciudadanía y sus Derechos, modelando la estructura y actuaciones de las instituciones fundamentales que constituyen la nación Chile.
Reside en este acto, como una suerte de ouróboros – figura mítica de un dragón que se devora su propia cola – su propia ausencia de legitimidad social, al tiempo que su capacidad de representar y canalizar la crisis del estallido social de octubre de 2019 y sus demandas por dignidad, por derechos ciudadanos de carácter social, político, étnico, de género y económico, que habían permanecidos silenciados, cuando no ignorados hasta el estallido social.
En consecuencia, hacer una nueva constitución se mostró como la salida acordada para atender los conflictos del estallido social. Eliminar la constitución del 80’ no fue sólo una respuesta oportunista y forzada por la oposición, aunque ciertamente a muchos incomodó y a muchos otros satisfizo, dependiendo de dónde se ubiquen en el espectro de partidos políticos. Sino que esta capacidad de la constitución del 80’ de representar y aunar las voluntades de cambio y de búsqueda de dignidad expuso su insuficiencia para garantizar principios y derechos fundamentales del siglo XXI, tales que la equidad, la justicia social, económica, cuidado del medio ambiente, derechos étnicos, política y de genero.
Su naturaleza actual, aun cuando se la ha reformado en más de una ocasión, obedeció y continúa obedeciendo a la preocupación por el control político, lo que Guzmán llamó la democracia protegida, que mediante sus estatutos garantiza un balance donde el poder político nunca es suficiente para alterar la naturaleza primordial de la Constitución.
Prontamente, apenas avanza el artículo 1º, nuestra constitución actual señala, y cito:
El Estado reconoce y ampara a los grupos intermedios a través de los cuales se organiza y estructura la sociedad y les garantiza la adecuada autonomía para cumplir sus propios fines específicos.
Adviértase que el Estado ha de garantizar a los grupos intermedios – a través de los cuales se organiza la sociedad – puedan ellos cumplir sus fines. En un contexto distinto hubiese esperado que fuese el Estado quién garantizara el bienestar de la población de la nación, pero en su redacción son precisamente esas voces las que faltaron.
A continuación, señala «El Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común, para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible, con pleno respeto a los derechos y garantías que esta Constitución establece».
Corresponde al Estado promover el bien común, como un principio central, ordenador, lo que hace contribuyendo a crean condiciones sociales, puntualizando su rol colaborativo, que acompaña, no protagónico, para que todos – no todos y todas – puedan realizarse espiritual y materialmente.
A aquello podríamos agregar lo que señala el ‘artículo 1º Los hombres nacen libres e iguales en dignidad y derechos’, silenciando en su afán de inclusión homogeneizadora a todes los demás.
Entendemos, la Constitución es el órgano central del ordenamiento político de un país, el más importante de los rayados de cancha, el que define el lugar de los y las ciudadanos de una nación, el rol del Estado ante la defensa, protección y cuidado de esos ciudadanos y esas ciudadanas; es por ello que enfrentamos las elecciones del sábado y domingo con este desafío en mente, apoyados en un plebiscito que consolidó la urgencia del cambio con más de un 80% de los votos aprobándolo, y con una voluntad paritaria que deberá incluir no solamente cupos para un 45% de mujeres constituyentes, sino también pueblos originarios en su elección. Hay entonces, una definición política por venir, la obligación ir a votar, por nosotros, pero sobre todo para los y las que vendrán, de hacer una constitución que refleje el país en que hoy vivimos y especialmente donde queremos vivir y donde los velos que 30 años cubrieron necesariamente tendrán que desaparecer.
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