OPINIÓN | El delito, un proceso social que no tiene nacionalidad

23 de Mayo 2022
Categoría: CISJU DIPOS Prensa UCSH

Sobrepasando cualquier prudencia jurídica, un grupo de diputados presentó un proyecto de ley “que modifica el Código Penal con el fin de establecer como circunstancia agravante el hecho que el delito de robo o hurto sea ejecutado por una o más personas extranjeras en condición migratoria irregular, utilizando para tales efectos, motocicletas, bicimotos, motonetas o vehículos similares”. El proyecto viola de manera evidente el principio de igualdad ante la ley.

El de la seguridad se ha transformado en el tema más relevante de la agenda pública estos últimos meses, aunque su presencia venía creciendo significativamente y sin pausa en los años recientes. No decimos nada novedoso con esto, por supuesto. Tampoco decimos nada nuevo al señalar que ese posicionamiento ha venido de la mano de una mañosa asociación con el tema migratorio. Pero en los últimos días ese arbitrario vínculo ha escalado también en su progresiva instalación como iniciativa legislativa.

A comienzos de semana se presentó como una de las principales medidas de intervención en el barrio Meiggs (donde perdió la vida de la manera más injusta la periodista Francisca Sandoval), la del control migratorio en la vía pública del sector, en una implícita pero no por ello menos evidente asociación de las personas migrantes con la comisión de delitos.

El 16 de mayo pasado, sobrepasando cualquier prudencia jurídica, un grupo de diputados (Jaime Araya, René Alinco y Helia Molina) presentaron un proyecto de ley “que modifica el Código Penal con el fin de establecer como circunstancia agravante el hecho que el delito de robo o hurto sea ejecutado por una o más personas extranjeras en condición migratoria irregular, utilizando para tales efectos, motocicletas, bicimotos, motonetas o vehículos similares…”. El texto del proyecto viola de manera tan evidente el principio de igualdad ante la ley que surge la duda razonable de si su presentación obedece a un propósito legislativo o a la búsqueda de un efecto mediático.

La construcción irresponsable del estereotipo que realiza el texto del proyecto no conoce de sutilezas: “Este método delictivo [el de los “motochorros”], sin lugar a dudas es un modelo importado que ha estado presente hace décadas en distintos países de la región”, dice la iniciativa de ley. “Según Carabineros de Chile, el perfil del delincuente refiere a un hombre de no más de treinta años, extranjero con situación migratoria irregular”, agrega, citando una nota en una página web, que a su vez cita a un medio de comunicación, en el que se difunden citas de Carabineros (http://www.coepred.cl/noticia-1.html). Una cita de otra cita y de otra cita.

Sería esperable que un proyecto que busca modificar el Código Penal recurriese a fuentes directas y confiables. En esa línea, desde el Boletín N° 3 del Observatorio de Política Migratoria (http://cisju.ucsh.cl/wp-content/uploads/2020/08/Bolet%C3%ACn-N%C2%BA3-Observatorio-de-Pol%C3%ACticas-Migratorias.pdf), procesando datos disponibles en el sistema judicial -de las instituciones que componen la Mesa Inter-institucional de Acceso a la Justicia de Migrantes y Extranjeros (MIAJ): Policía de Investigaciones, el Ministerio Público de Chile, el Instituto Nacional de Derechos Humanos, la Defensoría Penal Pública, los Ministerios de Justicia y Relaciones Exteriores y Carabineros de Chile-, se llegó a información reveladora que contradice este tipo de construcciones criminalizadoras de las personas migrantes.

Considerando datos de 2010 a 2018, el equipo del Observatorio mostró que, mientras la población migrante creció muy significativamente en ese periodo (en torno al 400%), las causas en las que los extranjeros aparecían como imputados disminuyeron, y representaban sólo el 0,8% del total en 2018. Según datos más recientes, los extranjeros imputados representan el 2,4%,  los condenados el 2,6%  del total (este dato alude a personas, el otro a causas) https://www.elmostrador.cl/noticias/pais/2022/05/19/la-estadistica-fantasma-en-materia-de-inmigracion-que-el-ministerio-publico-desconoce-o-no-quiere-dar/). El trabajo del Boletín también reveló que “los extranjeros se vinculan al sistema penal chileno más como objetos de inseguridad y víctimas de delitos, que como sujetos que propician la inseguridad de otros y responsables de supuestos delitos”.

Pero en el informe se avanza más allá de los datos, sosteniendo que “es importante establecer la distinción entre personas extranjeras que delinquen o cometen faltas en la frontera, y los delitos que cometen en el país personas que tienen afán de residir o que ya residen en Chile”. Esta es una distinción sustantiva, que “permite establecer una diferenciación entre la política de seguridad fronteriza frente al crimen internacional y la política migratoria, que está orientada por definición a las personas que buscan establecerse en Chile en general por motivos económicos o de seguridad personal”.

Queremos tomarnos de esta distinción para enfatizar que la delincuencia transnacionalizada y la migración internacional son procesos sociales diferentes y, por lo tanto, requieren abordajes legales y de política también diferentes. Cuando se mezclan, lo que sucede es que se recurre a la criminalización como excusa para la vulneración de derechos, como se sostiene en el mismo documento que estamos citando. Lo que sí tienen en común estos procesos sociales, es decir, la comisión de delitos y la migración internacional, es que en gran medida tienen entre sus causas fundamentales la desigualdad ominosa que genera el sistema capitalista mundial. Esa es, por lo tanto, la situación que se debe abordar.

Asociar la inseguridad que vive el país con la nacionalidad de las personas significa estigmatizar, criminalizar y hasta racializar un debate que muestra indicadores objetivos que desmitifican la relación delito-migración, a través de un discurso violento que incentiva el odio y la subvaloración, precarizando aún más la situación de personas extranjeras en situación irregular en el país.

*Esta columna fue elaborada con la colaboración de las/os investigadoras/es Antonia Lara, Matías Foullioux y Carolina Ramírez, de la Línea de Migraciones del Centro de Investigación en Ciencias Sociales y Juventud (CISJU), Universidad Católica Silva Henríquez.
Fernanda Stang
Doctora en Estudios Sociales de América Latina. Del Centro de Investigación en Ciencias Sociales y Juventud (CISJU) de la Universidad Católica Silva Henríquez.
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